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Valoración de daño corporal

Es una cita que el médico tratante asigna cuando considera que corresponde, por lo que no se realiza en todos los casos. Durante esta valoración se analizan las secuelas derivadas del accidente y, cuando aplica, se determina un porcentaje de impedimento médico que servirá de base para el reconocimiento de las prestaciones establecidas por la Ley.

  • Se asigna 6 meses a partir del alta médica, cuando haya finalizado la incapacidad y no necesite más tratamiento o por indicación de la jefatura médica.

  • En casos de quemaduras, cicatrices extensas o deformantes, o trauma craneoencefálico severo, el proceso de valoración puede requerir más tiempo debido a la complejidad de las lesiones.

ANTES:

  • Debe llevar ropa cómoda o también puede llevar ropa para cambiarse.

  • Debe presentarse 15 minutos antes de la cita y reportarse con el personal administrativo del área; si llega más de 10 minutos tarde se deberá reprogramar.

DURANTE:

  • Un médico especialista en Medicina Legal revisará las secuelas mediante un examen físico y apoyado por el expediente clínico.

  • Las lesiones que van a valorar son las reportadas y que el médico tratante indique.

  • Aquí determinan un porcentaje del daño valorado en caso que corresponda, según lo establecido en la Ley de Tránsito y Código de Trabajo.

  • En esta consulta no recibirá medicamentos, estudios o incapacidad, solamente el comprobante de asistencia.

  • Si el médico valorador determina que debe continuar con el tratamiento médico, la cita se suspenderá y será remitido de nuevo al médico tratante. Posteriormente, será valorado al culminar el tratamiento.

DESPUÉS:

  • En el transcurso del día recibirá un correo electrónico (previamente registrado en la RSS) con el porcentaje de impedimento asignado, si no tiene correo, puede presentarse a una plataforma del INS un mes posterior a la cita para solicitarlo.

  • El pago de la indemnización no la determina el médico, eso lo realiza otra dependencia con los parámetros establecidos. Si se trata de un accidente de tránsito amparado por la póliza Seguro Obligatorio Automotor depende del monto disponible en la póliza.

“La valoración se realizará una sola vez, por lo que debe asegurarse de contar con toda la documentación solicitada al día”.

  • Si es un riesgo de trabajo, puede acudir a la Junta Médica Calificadora del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o ante un Juzgado de Trabajo del Poder Judicial.

  • Si sus lesiones son consecuencia de un accidente de tránsito, puede apelar ante un Tribunal Médico de Especialistas o en el Poder Judicial.

Importante:

Si posterior  a la cita de valoración de daño corporal persiste con alguna molestia, puede realizar reapertura mientras los casos estén vigentes (en el caso de los accidentes de tránsito, está sujeto al monto de la póliza).

 

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