Reconocimiento para el pago de facturas

Aplica para aquellos casos en los cuales, por alguna circunstancia, la RSS no pueda administrar o brindar al paciente los servicios requeridos y, además, la persona esté anuente a comprarlos.

Dicho trámite debe tener la aprobación de la Jefatura Médica del centro de salud que le atiende; en ese momento se les suministrará un correo para el trámite correspondiente.

Aplica cuando el paciente haya recibido atención médica por un siniestro amparado por los regímenes de Riesgos del Trabajo (R.T) y Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores (S.O.A) antes de recibir atención en la Red de Servicios de Salud y se le realiza el reembolso, ya sea total o parcial del dinero invertido en esa atención, esto según el procedimiento de las sucursales.

Requisitos: Accesar al siguiente enlace para conocer el detalle. (Ver archivo adjunto “Requisitos Reconocimientos Facturas”).

  1. Formulario para reconocimiento de comprobantes electrónicos (Debe ser completado por los usuarios)
  2. Facturas
    1. Factura(s) electrónica(s) y debidamente aceptada(s) según lo dispuesto por la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda (el (los) archivo (s) deben de presentarse en formato XML (2 por cada factura, incluyendo la de la aceptación del Ministerio de Hacienda) y PDF.
    2. Tiquetes electrónicos: Se valida también la presentación de tiquetes electrónicos, generado, expresado y transmitido en formato electrónico XML, (2 por cada tiquete, incluyendo la de la aceptación del Ministerio de Hacienda) y PDF en el mismo acto de la compraventa o prestación del servicio.
  3. Epicrisis o certificado médico digital
    1. La epicrisis debe de ser emitida por el centro de salud donde fue atendido(a) el(la) paciente, de forma digital o en papel membretado del centro médico, timbrado y sellado. La letra deber ser legible de forma tal que debe ser clara para el (la) lector (a) y no permita la duda en relación con su contenido.
  4. El certificado oficial a utilizar es el autorizado por el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, el cual es generado en forma electrónica utilizando la plataforma SEDIMEC, por lo que está timbrado digitalmente y no requiere timbres físicos. No obstante, si por algún motivo especial el médico emite un certificado en otro formato que no sea el oficial, este debe presentarse en original y debidamente timbrado.

Solicite al proveedor donde realiza la compra que remita las facturas al correo suministrado al recibir el visto bueno.

1. Archivo XML de emisión de comprobante.

2. Comprobante de Hacienda en XML con la aceptación.

3. PDF del comprobante, debe tener el número de identificación y nombre de la persona paciente.

 

Debe presentarse a la Jefatura Médica de Consulta Externa o Centro de Salud del INS, con la receta que tiene el visto bueno del médico tratante, los comprobantes de la compra y el número de cuenta bancaria (IBAN de 17 dígitos).

 

Importante: la factura solamente debe contener el insumo, medicamento o el servicio autorizado de previo por el médico tratante, si realizó otra compra personal debe solicitar las facturas de forma individual al proveedor donde realizó la compra.

 

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