Aumento de cobertura

La cobertura de cada póliza, las prestaciones y los derechos del asegurado, están definidas en el contrato del seguro.

De acuerdo con el artículo 66 de la Ley Nº 9078 DE Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, aplica para lo siguiente:

Únicamente para el Seguro Obligatorio Automotor (SOA), bajo las siguientes condiciones:

  • Cuando el paciente es menor de edad.

  • Cuando el paciente no es asegurado por el régimen de enfermedad.

  • Cuando el paciente tiene riesgo inminente para su vida.

Lo gestiona la unidad administrativa correspondiente y es exclusivo para el tratamiento médico, hasta que se defina el alta o finalice este nuevo monto autorizado.

Nota: El aumento no cubre el pago de subsidio por incapacidad temporal o permanente.

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