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Cuando recibe una incapacidad temporal como parte de su tratamiento médico, es importante que conozca sus responsabilidades para participar activamente en su recuperación y cumplir con la normativa.

  • Se inactiva la posibilidad de realizar actividades remuneradas ni no remuneradas, sean públicas o privadas, dentro o fuera del país.

 

  • Tampoco se permite la práctica académica, física, recreativa o educacional, salvo que su profesional de salud lo indique como parte del tratamiento y lo registre en su expediente clínico.
  • Cumplir con el reposo indicado por el profesional de salud.

 

  • No seguir estas recomendaciones puede:
    • Poner en riesgo su salud.
    • Considerarse violación a la buena fe laboral y abandono injustificado de las prestaciones sanitarias.
  • Podría perderse el beneficio de la incapacidad.
  • Asumir la responsabilidad ante su patrono y el instituto.
  • Podrías recibir sanciones según la ley y normativa vigente.

Alta médica al concluir el tratamiento.

Abandono injustificado de las prestaciones médico-sanitarias o rechazo del tratamiento prescrito (según art. 233 y 218 inciso c) del Código de Trabajo).

Reanudación de labores remuneradas durante el período de incapacidad.

Fallecimiento de la persona afectada.

Cambio en la condición del paciente que ya no requiera incapacidad.

Aparición de nuevos elementos que indiquen que el caso no es amparable por el INS.

Ocultar información, fraude o falso testimonio en la denuncia del accidente o trámite del reclamo.

Decisión de la jefatura médica o profesional designado, registrada en el expediente clínico.

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